- Todos los grupos políticos con representación en el Consejo -PP, PSOE y CB- aprobaron este martes la declaración institucional, cinco años después de la agresión del exconcejal en Ponferrada Pedro Muñoz a su entonces mujer
- Para firmar la moción, CB pidió expresamente que se retiraran del texto las alusiones a los cargos que la víctima ocupaba en el partido cuando fue agredida por su líder: era vicepresidenta y portavoz
La misma moción que la semana pasada se aprobó en el Ayuntamiento de Ponferrada se ha aprobado este martes en el Consejo Comarcal del Bierzo. Una declaración institucional que ha contado con el apoyo de los tres grupos políticos con representación en el Consejo, PSOE, PP y CB. Las tres formaciones han acordado condenar y reprobar a su excompañero en el Ayuntamiento y en Coalición por el Bierzo Pedro Muñoz, que el 27 de mayo de 2020 agredió salvajemente a Raquel Díaz, su entonces mujer, también vicepresidenta y portavoz de CB, a la que los tres partidos envían ahora su apoyo.
“La declaración de ‘persona non grata’ por parte de una administración ha sido anulada en reiteradas ocasiones por la jurisprudencia”, recoge el texto, por lo que finalmente decidieron aprobar una declaración institucional. La portavoz de Podemos en Ponferrada, Lorenza González, había solicitado que se declarase a Muñoz ‘persona non grata’, como sí se hizo el año pasado en Toreno, su pueblo.
La declaración institucional fue redactada por el presidente del Consejo Comarcal, Olegario Ramón, que en 2020 era alcalde de Ponferrada, donde gobernaba gracias a un tripartito con Podemos y el partido del agresor, CB.
Olegario Ramón explicó a León24horas que quiso recoger expresamente la dureza de la agresión que sufrió Raquel Díaz, “tal y como recoge la sentencia condenatoria”. Una sentencia que ya es firme: hace unos días el Tribunal Supremo se pronunciaba para ratificar las decisiones de la Audiencia Provincial de León y del TSJCyL. Las tres instancias coincidían en condenar a Pedro Muñoz a 16 años y 11 meses de prisión por “lesiones agravadas” y otros cuatro delitos de maltrato, aunque la víctima solicitaba que del delito principal fuera asesinato u homicidio en grado de tentativa.
La sentencia recoge expresamente que Muñoz “la intentó matar”, pero señala también que finalmente hubo desistimiento: “se arrepintió”.
En la junta de portavoces del Ayuntamiento de Ponferrada, el partido al que pertenecían agresor y víctima exigió que se retirase del texto la expresa mención de que Raquel Díaz era dirigente del partido en 2020 (vicepresidenta y portavoz), cuando se produjeron los hechos. Los demás partidos accedieron “para que se llegara a un acuerdo de todos”.
Lamentablemente, Coalición por el Bierzo se acordó más del agresor en sus primeros comunicados públicos que de la víctima, como ella misma ha lamentado. En la entrevista exclusiva que ofreció hace unas semanas a este periódico, Raquel Díaz lamentaba lo sola que se ha sentido en estos cinco años de calvario judicial y médico. «A mí se me ha dejado muy sola, y nunca entenderé por qué».
Raquel Díaz: «A mí se me ha dejado muy sola, y nunca entenderé por qué» (FOTOS)
Texto íntegro de la declaración institucional aprobada este martes en el Consejo Comarcal:
“Recientemente La Sala Penal del Tribunal Supremo ha ratificado la condena de 16 años y 11 meses de prisión impuesta al exconcejal de Ponferrada (León) Pedro Muñoz Fernández por delitos de maltrato familiar y de lesiones agravadas con las agravantes de parentesco y discriminación por razón de género, sobre su mujer, a quien dejó parapléjica.
La condena ahora ratificada fue por delito de lesiones agravadas (12 años de prisión), un delito de maltrato habitual en el ámbito familiar (2 años y 6 meses), y otros tres delitos de maltrato en el ámbito familiar (que suponen dos condenas de 9 meses de prisión y una de 11 meses). Además, el acusado deberá indemnizar a la víctima con 1,5 millones de euros, a la Junta de Castilla y León en 97.000 euros, y al servicio de sanidad de Castilla-La Mancha, en 47.900 euros.
Los hechos probados describieron que desde el comienzo de la relación sentimental, el acusado “dio muestras de un comportamiento violento e intimidante para con su pareja sentimental como manifestación de su dominio sobre la misma caracterizado por constantes amenazas, humillaciones, agresiones físicas y maltratos psíquicos, cometidos con una clara intención de menospreciarla, humillarla, anularla, denigrarla, controlarla y dominarla mediante una verdadera subyugación psicológica, aislándola de su familia, amigos y de su entorno social y profesional, y todo por el simple hecho de ser mujer y por un correlativo sentimiento de superioridad por parte”.
La mujer, “como consecuencia del maltrato continuado a la que se vio sometida por el acusado en el seno de la relación sentimental por ellos mantenida, presenta síntomas de maltrato psicológico, sumisión y dependencia, traumatismo mixto ansioso depresivo, signos de inestabilidad emocional, distorsión cognitiva, sentimiento de desesperanza e inutilidad, sufrimiento emocional, somatizaciones, obsesión, hipersensibilidad, alteraciones del sueño o desconexión social, desajustes psicológicos, afectación en áreas vitales a nivel social, familiar, laboral o de salud física y estrés postraumático con el consecuente malestar psicológico ante un deterioro del funcionamiento alto”, añade el relato de hechos.
El día 27 de mayo de 2020, indica la sentencia, “encontrándose ambos en la finca Las Huelgas de la localidad leonesa de Toreno, sobre las 22.00 horas, se produjo entre ellos una discusión pues (la mujer) estaba en una habitación haciendo la maleta con la intención de abandonar la vivienda lo que molestó a Pedro Muñoz Fernández, por lo que con tono amenazante dijo a la denunciante: “¿Qué cojones estás haciendo?”, al tiempo que añadía “¿No te enteras que sólo muerta te puedes librar de mí?”.
A continuación, el acusado como muestra de la grave y arraigada desigualdad existente en la relación sentimental que mantenía con su esposa y del dominio y superioridad que ejercía sobre ella, comenzó a agredirla golpeándola en los brazos y en las piernas, y agarrándola luego por las piernas la arrastró hasta la terraza existente en la parte superior de la vivienda a unos cuatro metros en horizontal del suelo, mientras que ella intentaba con las manos y moviéndose separarse y que la soltara, señalan los hechos probados.
“Encontrándose ya en la referida terraza situada en la parte superior de la vivienda, el acusado agarró con las manos a la denunciante, consiguiendo esta apartarle las manos y golpeándola entonces con la mano izquierda en un ojo. A continuación, el acusado la agarró por el cuello con la mano derecha, intentando esta defenderse y quitárselo de encima con las manos y moviéndose, lo que finalmente no consiguió.
Acto seguido, el acusado con la intención de acabar con la vida de la denunciante y, en todo caso, conociendo y asumiendo las altas posibilidades que existían de poner fin a su vida si la arrojaba, la lanzó al vació por el balcón o barandilla que soportaba el remate de la terraza, cayendo y golpeándose contra un pozo que había en la zona y el suelo, especialmente en la cabeza y en la espalda, quedando inmóvil y tirada en el suelo boca abajo”, recoge la sentencia.
A la mujer le quedaron como secuelas, en el sistema nervioso, un síndrome frontal con alteración de funciones cerebrales superiores en grado moderado, secuelas motoras y sensitivas con paraplejia D6-D10, en el sistema músculo esquelético material de osteosíntesis en columna vertebral, algias postraumáticas sin compromiso radicular y/o síndrome cervical asociado, fractura de costillas, esternón con neuralgias intercostales esporádicas derivación ventrículo peritoneal, ventrículo vascular (por hidrocefalia postraumática, fractura/acuñamiento/aplastamiento de columna vertebral y secuelas por perjuicio estético.
Las deficiencias psicofísicas que presenta le imposibilitan para la realización de cualquier tipo de profesión u oficio, precisando asistencia para todas las actividades básicas de la vida diaria
Pedro Muñoz ha tenido numerosos cargos políticos como Alcalde del Ayuntamiento de Toreno, Procurador de las Cortes de Castilla y Léon, Diputado Provincial y Concejal del Ayuntamiento de Ponferrada en dos mandatos diferentes.
Toda vez que la declaración de persona non grata por parte de una administración ha sido anulada en reiteradas ocasiones por la jurisprudencia, a la vista de la firmeza de la sentencia y de los hechos declarados probados en la misma, el Pleno del Consejo Comarcal del Bierzo ACUERDA:
Condenar de la manera más enérgica los actos llevados a cabo por Pedro Muñoz, considerando además que un cargo público ha de ser ejemplo de comportamiento para las y los administrados y, por el contrario, la actuación de Pedro Muñoz supone que nos avergoncemos de haber compartido con él algunos espacios políticos.
Mostrar todo nuestro apoyo y solidaridad con la víctima Raquel Díaz.
Solicitar de todas las administraciones públicas con competencias en la materia que se preste la ayuda sanitaria y económica ( para el supuesto de que la indemnización que le otorga la sentencia no pueda ser ejecutada ) para que Raquel pueda afrontar su vida con las mayores condiciones de dignidad acordes a la situación y las gravísimas secuelas que le ha producido tan salvaje agresión”.

Susana Martín
Periodista. He hecho un poco de todo en el maravilloso oficio de contar historias: prensa, radio, montar el primer digital de León, reportajes de investigación sobre lo que otros intentan silenciar o colarme en una cárcel para entrevistar a dos asesinas. Creo en el periodismo como servicio público e intento mantener una mirada objetiva. Me gusta mucho escribir, escuchar, vivir, leer, las burbujas y otros 'pecaos'. Tengo pocos miedos.


