Los transportes recuperan a partir de este lunes los niveles de servicio de
la segunda semana de confinamiento fijados por la Orden del Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) de 23 de marzo, por la
que se dictaron instrucciones para la reducción de los servicios de
transporte de viajeros. Lo hacen tras la finalización del periodo de vigencia
del permiso retribuido recuperable establecido por el Real Decreto-ley
10/2020, de 29 de marzoSe mantiene por tanto la restricción en la oferta de transporte propia del
período de confinamiento en la que todavía se está inmerso.
En esta línea, a partir de mañana, 13 de abril, o del martes, en aquellas
Comunidades Autónomas en las que ese lunes es festivo (Cataluña,
Valencia, Cantabria y País Vasco), se volverá a realizar un ajuste de la
oferta de los servicios de Cercanías, reforzando servicios en hora punta,
fundamentalmente en Madrid y Barcelona, y ligeramente en el resto de
núcleos, de modo que se garantice el cumplimiento de las ratios
recomendados de distanciamiento entre los viajeros.En cuanto a la oferta en los servicios de Media Distancia Convencional,
será esencialmente la misma que se está prestando actualmente,
suficiente para garantizar las distancias mínimas y para dar respuesta a la
mínima demanda de transporte existente actualmente.
Desde el Ministerio ya se ha comunicado a las Comunidades Autónomas
la recuperación de la vigencia de la Orden Ministerial 273/2020, por lo que
en los servicios de transporte público de viajeros de competencia
autonómica o local que estén sometidos a contrato público u OSP, las
autoridades autonómicas y locales adaptarán de nuevo el porcentaje
máximo de prestación de los servicios de su competencia.
Todo ello de acuerdo a la evolución de la situación, teniendo en cuenta la
necesidad de facilitar el acceso a los puestos de trabajo y servicios básicos
de los ciudadanos en sus territorios, y sin que se produzcan
aglomeraciones.
En vigor todas las restricciones a la movilidad
En todo caso, se reitera que permanecen en vigor todas las restricciones
a la movilidad derivadas de la declaración del Estado de Alarma, de modo
que la finalización del permiso retribuido recuperable no puede
identificarse con un relajamiento de las mismas o la finalización del período
de confinamiento.
Tras la aprobación Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que
se reguló el permiso retribuido recuperable, se estableció que, a partir del
30 de marzo, la oferta de servicios de cercanías a prestar en día laborable
debía corresponder a la de un fin de semana, una restricción que también
aplicaba a los servicios de transporte de viajeros de ámbito urbano y
periurbano competencia de todas las administraciones públicas.
El Real Decreto Ley perdió su vigencia el pasado viernes, de modo que
este lunes los servicios de transporte adaptarán su oferta a los niveles
establecidos en la Orden TMA/273/2020, de 23 de marzo, por la que se
dictaron instrucciones sobre reducción de los servicios de transporte de
viajeros.