Desde los momentos pre-transicionales se estuvo reclamando, tanto por el “movimiento leonesista” en el todo SaZaLe como por otros singulares y grupales ciudadanos regionales leoneses, con exigencia social democrática, en aras del respeto completo e íntegro hacia la plenitud, en su completitud triprovincial, de nuestra Región Reino Leonés.
Con tal motivación, y como uno de sus fines, se votó, en forma muy mayoritaria, en la tres provincias leonesas: Salamanca, Zamora y León, en apoyo del texto de la Constitución Española, en el Referéndum del día 6-12-1978.
La CE´1978 reconoció a todas y cada una de las regiones españolas preconstitucionales -.- entre ellas a nuestra triprovincial Región Reino Leonés-.- que por otra parte, a su vez, ya venían siendo reconocidas, todas ellas, en las disposiciones de la CE´1931 con carácter, significación y ejercicio constitucional.
Una vez en vigencia la CE´1978, se siguió insistiendo, tanto por el “movimiento leonesista” como por otros singulares y grupales ciudadanos regionales leoneses, año tras año -.- de forma persistente y pública -.- con el mismo sentido precedente, en pro de la conformación de la triprovincial “Comunidad Autónoma Región Reino Leonés” dentro de la España Nación y en plena analogía al resto de las demás regiones españolas. [Recordamos, entre otros hitos, la manifestación del 4-5-1984 con presencia de 119.765 manifestantes en la ciudad regia de León].
El “movimiento leonesista” actúo siempre en todo momento, desde la lealtad constitucional, en pro de todos y cada uno de los derechos constitucionales (humanos, económicos, culturales, antropológicos, ambientales, políticos,…) del constitucional regional Pueblo Leonés, con el sentido hispánico de ser miembros plenos de la España Nación e integrantes del Estado Español.
El “movimiento leonesista”, como otros singulares y grupales ciudadanos regionales leoneses, nunca ha pedido privilegios para nuestra triprovincial Región Reino Leonés, tan solo han reclamado, con la CE´1978 en la mano, la igualdad de trato constitucional.[Articulo 2 de la CE´1978 para todas las regiones por igual].
El “movimiento leonesista” con la CE´1978 en la mano, ha mantenido desde 1978, de forma permanente y continuada, la constitucionalidad de: (1º) la identidad regional leonesa; (2º) el hecho diferencial regional leonés.
La Comunidad Autónoma Región Reino Leonés, es ahora, ¡hoy por hoy!, en nuestra interpretación, la única posibilidad de contribución directa, ¡y no y nunca articulada!, de todos los ciudadanos regionales leoneses, de completo “espacio regional leonés” de nuestras cuarenta y una comarcas naturales en el todo SaZale, en pro, activo y consecuente, del hacer convergente solidario en la España Nación y en aras del progreso fraternal de la Unión Europea.
Francisco Iglesias Carreño