- Ruth Muñoz Botas y Pedro Muñoz Botas se librarán de entrar en prisión, salvo que prosperen los recursos al Supremo. Su padre cumple casi 17 años de condena en Asturias por la brutal agresión a su exmujer, la abogada leonesa Raquel Díaz
- La víctima estudiará si presenta recurso de casación. Solicitaba 3 años y medio de prisión para los tres por descapitalizarse para no indemnizarla tras intentar el padre matarla en 2020 en Toreno: la dejó parapléjica y con daños neurológicos irreversibles
El calvario de la abogada de Villablino Raquel Díaz continúa. Así lo considera ella, que sigue sufriendo los “daños colaterales” de la violencia extrema con que su exmarido, el expolítico berciano Pedro Muñoz, “me rompió la vida”.


Esta semana, Raquel ha sabido que la Audiencia Provincial de León ha confirmado la condena para los tres Muñoz -padre e hijos- de 15 meses de prisión por alzamiento de bienes.
Así, Ruth y Pedro Muñoz Botas, los dos hijos del exmarido de Raquel, no entrarán en prisión -al menos por el momento, salvo rectificación del Supremo, al que caben recursos- por haber ayudado a su padre a descapitalizarse y eludir el pago de la indemnización si resultaba condenado por intentar matarla en mayo de 2020, como así fue.
La sentencia de la Audiencia desestima los recursos de apelación interpuestos por Pedro Muñoz y sus hijos, que solicitaban la revocación de la sentencia de primera instancia que condenaba al padre como autor de un delito de insolvencia punible por alzamiento de bienes y a los dos hijos como cooperadores necesarios del mismo delito.
La sentencia también desoye el recurso interpuesto por el letrado de Raquel Díaz, Felipe Patiño, que solicitaba que se condenara a los tres Muñoz a 3 años y medio de prisión. “Aún estamos valorando si presentaremos recurso de casación”, señaló este viernes el letrado gallego a León24horas, “estamos sólo parcialmente satisfechos con la sentencia de la Audiencia Provincial: se reconoce que las maniobras de Pedro Muñoz, con la necesaria asistencia de sus hijos, estaban dirigidas a desprenderse de todo su patrimonio para impedir que Raquel pudiera cobrar la responsabilidad civil que se iba a generar como consecuencia de la salvaje agresión que se había producido apenas 15 días antes de que Muñoz donara a sus hijos todos sus bienes inmobiliarios”, explica Patiño.
“No podemos sin embargo estar de acuerdo con la desestimación del recurso de apelación que interpusimos contra la sentencia inicial, recurso al que no olvidemos que se adhirió el Ministerio Fiscal, y que estaba dirigido a que no se aplicara una atenuante analógica muy cualificada de reparación del daño”, señala el responsable de la acusación particular de Raquel Díaz en varios procedimientos.
Para Patiño, en la apelación que presentó “no concurrían los presupuestos para la aplicación de la atenuante que determinó la rebaja de la petición de condena que había formulado de tres años y seis meses de prisión a únicamente un año, tres meses y un día”, lamenta.
“Entendemos que sí concurren los presupuestos para agravar la condena, por lo que estamos analizando la sentencia de la Audiencia para decidir si presentaremos recurso de casación ante el Supremo, ya que Muñoz y sus hijos en ningún momento intentaron reparar el daño causado a Raquel, sino todo lo contrario: la maniobras desde la cárcel de Muñoz sólo tenían como finalidad que Raquel nunca pudiera cobrar la indemnización que se le iba a conceder por las graves secuelas que le produjo el intento de asesinato”.
El juicio en primera instancia, en 2024

Casualidades del destino, la vista oral por el alzamiento de bienes a Muñoz e hijos se celebraba en Ponferrada el mismo día en que se cumplían cuatro años de la salvaje agresión de Pedro Muñoz a Raquel Díaz, otro 27 de mayo.
Sólo unos días después del juicio, el 7 de junio de 2024, Ruth Muñoz Botas, su hermano Pedro y el progenitor de ambos, Pedro Muñoz Fernández, que se habían sentado en el banquillo de los acusados, fueron condenados por el Juzgado de lo Penal número 1 de Ponferrada a 15 meses y un día de prisión por un delito de insolvencia punible, en su modalidad de alzamiento de bienes.
La sentencia reconoció que el delito fue consumado, por lo que no se les condenó únicamente por la tentativa del delito, como solicitó en la vista oral el Ministerio Fiscal.
La clave de la sentencia estaba en que el juez del tribunal, Óscar Hernáiz, consideró que concurría una atenuante de reparación del daño, por lo que los tres Muñoz fueron condenados a un año, tres meses y un día de prisión, y no a los 2 años y 5 meses que solicitaba el Ministerio Fiscal, ni los 3 años y 6 meses que pedía la acusación particular.
Descapitalizarse tras una agresión salvaje a Raquel
La historia de terror de Raquel Díaz no tuvo vuelta atrás el 27 de mayo de 2020, fecha en que, tal y como recoge la sentencia que lo condenó a 16 años y 11 meses de cárcel, Muñoz arrojó a su entonces mujer por la terraza de la vivienda que compartían en Toreno y la agredió tan brutalmente que la dejó postrada en una silla de ruedas de por vida y con lesiones que van mucho más allá de la paraplejia.
Aquella sentencia, confirmada también por el TSJCyL, continúa a la espera de que se pronuncie el Tribunal Supremo, que debe resolver los recursos de casación y determinar si se condena a Pedro Muñoz por asesinato u homicidio en grado de tentativa, como solicita Raquel Díaz, o se mantienen las sentencias de la primera y la segunda instancia, que consideraban que el delito principal era “lesiones agravadas”.


